¡Nuevas fechas 5 y 6 de septiembre! Cumplimenta tu solicitud en este formulario.
-Solicitudes: 5 y 6 de septiembre
–Listado admitidos: 8 de septiembre
-Matrícula: 9 de septiembre, presencial, en secretaría del centro, en horario de 9-13h
INFORMACIÓN:
La Resolución de 25 de julio de 2013 (BORM de 16 de agosto) establece en su artículo Cuarto.-Formación continua
1. La Escuela Superior de Arte Dramático podrá ofrecer la posibilidad de cursar de manera independiente las asignaturas de este plan de estudios. Las plazas vacantes que se produjeran en estas asignaturas, una vez finalizado elproceso de admisión, se podrán ofertar como formación continua a alumnado proveniente del exterior.
2. Los solicitantes deberán acreditar que están en posesión de alguno de los requisitos académicos de acceso: Título de Bachiller, haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o prueba de mayores de19 años sin requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores. Además, deberán demostrar que poseen los conocimientos previos necesarios que determine el departamento didáctico encargado de impartirlas.
3. El alumnado se podrá matricular de un máximo de 60 créditos por año académico.
4. Los estudios cursados como formación continua no darán derecho a la obtención del título correspondiente. No obstante, si posteriormente se accediera a los estudios superiores de Arte Dramático, se podrá solicitar el reconocimiento o transferencia de créditos, según corresponda.
Este artículo responde al espíritu del R.D1614/2009 (BORM de 26 de octubre) que en su introducción expresa:
Con este fin se propone un cambio estructural basado en la flexibilidad en la organización de la enseñanza y la renovación de las metodologías docentes, cuyo objetivo se centra en el proceso de aprendizaje del estudiante, la adquisición de competencias, la adecuación de los procedimientos de evaluación, la realización de prácticas externas, la movilidad de los estudiantes y la promoción del aprendizaje a lo largo de la vida.
Por otra parte, la resolución de 25 de julio de 2013 (BORM de 16 de agosto), establece, en su apartado Cuadragésimo cuarto.- Oferta de asignaturas del plan de estudios:
1. Las plazas vacantes que se produjeran en las asignaturas del plan de estudios podrán ofertarse a alumnado del centro de otra especialidad o itinerario.
2. Quienes las deseen cursar deberán acreditar los conocimientos previos que determine el departamento didáctico encargado de impartirlas.
3. De existir más solicitudes que vacantes, se adjudicarán aplicando el criterio de mayor nota media de su expediente académico.
4. Los créditos correspondientes a las asignaturas cursadas en estas condiciones serán incluidos en los documentos académicos oficiales acreditativos correspondientes, figurando su calificación y créditos ECTS. No obstante, no se computarán a efectos del plan de estudios ni de nota media, figurando en el Suplemento Europeo al Título.
Bajo estos principios la ESAD de Murcia propone cada curso la matrícula de formación continua en una modalidad dirigida tanto a alumnos externos como a internos de distinta especialidad e itinerarios, fomentando el aprovechamiento de los recursos económicos y humanos disponibles y favoreciendo la formación teatral y la difusión cultural de nuestras enseñanzas.
En la implementación de este procedimiento han surgido determinadas dudas que este informe tratará de aclarar en beneficio del correcto funcionamiento del proceso de oferta y matrícula de formación continua.
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE PLAZAS DE FORMACIÓN:
Mediante un formulario el alumnado solicitará plaza en las asignaturas del plan de estudios que desee, teniendo en cuenta que:
1. Las asignaturas de primer curso no cuentan, por regla general, con plazas vacantes al cubrirse por prueba de acceso. En caso de asignaturas teórico prácticas se considera la ratio 1/24 en dirección de escena y dramaturgia.
2. Las asignaturas de ratio reducida 1/1, 1/3 no serán concedidas por contar con el profesorado con su horario completo.
3. Las asignaturas que están asociadas a otras aplicadas deberán solicitarse en su totalidad y precisarán del visto bueno del profesor encargado por afectar al reparto de la práctica integrada.
4. Se atenderá a los requisitos de la guía docente sobre formación previa del alumnado para cursar y ser calificado de la asignatura.
CRITERIOS ESPECÍFICOS DE ADMISIÓN EN FORMACIÓN CONTINUA:
El alumnado externo que solicite plaza en formación continua será admitido siempre que exista vacante en el curso solicitado y justifique documentalmente la formación que le permite cursar dicha asignatura.
El alumnado externo e interno que curse asignaturas consideradas incompatibles en el artículo Vigésimo noveno de la citada Resolución de 25 de julio de 2013 y que constan en el anexo V, se considerará que la calificación en estas asignaturas es condicional en tanto que no supera la del curso inferior. Dado que las calificaciones del modelo de Formación continua “no dan derecho a la obtención del título correspondiente”. “Solo si posteriormente se accediera a los estudios superiores de Arte Dramático, se podrá solicitar el reconocimiento o transferencia de créditos, según corresponda”. La calificación obtenida en estas asignaturas tendrá siempre carácter condicional.
Del mismo modo, aquellas asignaturas del plan de estudios que hacen constar en la guía docente requisitos específicos de matrícula, solo podrá realizar la matrícula si demuestra documentalmente que dispone de los mismos.
Desde la Dirección del centro se recomienda a los Departamentos la revisión y análisis de las guías didácticas de las asignaturas, para determinar los requisitos académicos adecuados para cursar la asignatura.