PROPUESTAS DEL MEFP PARA LA NUEVA LEY DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES
- enlace al documento base
- La síntesis del documento base.
- Esta es la web del ministerio donde podéis hacer propuestas de forma particular.
OBJETO DE REGULACIÓN Y ALCANCE DE LA LEY
1
Regular las condiciones básicas para la organización de las enseñanzas artísticas
superiores2
Extender el alcance de la Ley, mediante las correspondientes disposiciones adicionales,
a aspectos básicos de las enseñanzas artísticas profesionalesENSEÑANZAS
3
Garantizar la adecuación de los estudios a los objetivos establecidos dentro del Espacio
Europeo de Educación Superior4
Incrementar la autonomía académica de los centros y dotarles de competencias para la
elaboración de los planes de los estudios5
Establecer criterios generales para la evaluación de los planes de estudio
6
Sentar las bases para la revisión y actualización del actual catálogo de enseñanzas y
especialidades7
Abrir la posibilidad de implantar estructuras curriculares específicas y de innovación
docente8
Estudiar fórmulas para favorecer la internacionalización de las enseñanzas
9
Crear un registro de enseñanzas artísticas superiores
10
Regular, con carácter básico, las vías y requisitos de acceso
ALUMNADO
11
Asegurar la igualdad de oportunidades en los procedimientos de acceso y admisión
12
Garantizar el acceso a la información actualizada y objetiva sobre los planes de Estudio
13
Otorgar la misma consideración que al alumnado universitario a efectos de las distintas
convocatorias y en el acceso a becas y ayudas14
Promover la movilidad del alumnado y las prácticas formativas
PROFESORADO
15
Definir las competencias docentes, con especial referencia a la investigación y sus
características en el ámbito de las enseñanzas artísticas16
Reconocer la dedicación que requiere el cumplimiento de las funciones asociadas a la
docencia en este nivel educativo17
Revisar la actual ordenación de los cuerpos docentes que imparten Enseñanzas Artísticas
y su adecuación al desarrollo profesional18
Modificar, si procede, los actuales cuerpos por otros que respondan a la plena inserción
de las Enseñanzas artísticas superiores en el espacio europeo de educación superior, con
el establecimiento del correspondiente periodo transitorioCENTROS
20
Reforzar la autonomía tanto pedagógica como de gestión y de organización y
funcionamiento21
Establecer la composición y las funciones básicas de los órganos de gobierno y
participación22
Sentar las bases para dotarles de normas propias de organización y funcionamiento
RELACIÓN CON LAS UNIVERSIDADES
23
Asegurar la equiparación real y a todos los efectos de las enseñanzas artísticas
superiores con las universitarias24
Establecer procedimientos específicos para impulsar el modelo de adscripción de los
centros de EEAA superiores a una Universidad, en el marco de la legislación
universitaria25
Crear marcos para la implantación de programas de Doctorado propios de las EE
Artísticas, siempre en colaboración con la Universidad, respetando su ámbito
competencial26
Abrir el marco para la creación de Campus de las Artes como agrupación de centros
bajo un organismo de nivel superior27
Diseñar nuevas fórmulas de colaboración entre centros de EEAA y Universidades que se
adecúen a las peculiaridades de las respectivas enseñanzasENSEÑANZAS ARTÍSTICAS PROFESIONALES
28
Sentar, mediante disposiciones adicionales del texto legal, las bases para establecer la
relación de las Enseñanzas Profesionales con el Catálogo Nacional de Estándares de
Competencias Profesionales29
Establecer previsiones para abordar la actualización y adecuación de los títulos y los
currículos30
Prever la revisión de la actual estructura de las enseñanzas profesionales de música y
danza contemplando la definición de nuevos perfiles profesionales
