PROPUESTAS DEL MEFP PARA LA NUEVA LEY DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES
- enlace al documento base
- La síntesis del documento base.
- Esta es la web del ministerio donde podéis hacer propuestas de forma particular.
OBJETO DE REGULACIÓN Y ALCANCE DE LA LEY
1
Regular las condiciones básicas para la organización de las enseñanzas artísticas
superiores2
Extender el alcance de la Ley, mediante las correspondientes disposiciones adicionales,
a aspectos básicos de las enseñanzas artísticas profesionalesENSEÑANZAS
3
Garantizar la adecuación de los estudios a los objetivos establecidos dentro del Espacio
Europeo de Educación Superior4
Incrementar la autonomía académica de los centros y dotarles de competencias para la
elaboración de los planes de los estudios5
Establecer criterios generales para la evaluación de los planes de estudio
6
Sentar las bases para la revisión y actualización del actual catálogo de enseñanzas y
especialidades7
Abrir la posibilidad de implantar estructuras curriculares específicas y de innovación
docente8
Estudiar fórmulas para favorecer la internacionalización de las enseñanzas
9
Crear un registro de enseñanzas artísticas superiores
10
Regular, con carácter básico, las vías y requisitos de acceso
ALUMNADO
11
Asegurar la igualdad de oportunidades en los procedimientos de acceso y admisión
12
Garantizar el acceso a la información actualizada y objetiva sobre los planes de Estudio
13
Otorgar la misma consideración que al alumnado universitario a efectos de las distintas
convocatorias y en el acceso a becas y ayudas14
Promover la movilidad del alumnado y las prácticas formativas
PROFESORADO
15
Definir las competencias docentes, con especial referencia a la investigación y sus
características en el ámbito de las enseñanzas artísticas16
Reconocer la dedicación que requiere el cumplimiento de las funciones asociadas a la
docencia en este nivel educativo17
Revisar la actual ordenación de los cuerpos docentes que imparten Enseñanzas Artísticas
y su adecuación al desarrollo profesional18
Modificar, si procede, los actuales cuerpos por otros que respondan a la plena inserción
de las Enseñanzas artísticas superiores en el espacio europeo de educación superior, con
el establecimiento del correspondiente periodo transitorioCENTROS
20
Reforzar la autonomía tanto pedagógica como de gestión y de organización y
funcionamiento21
Establecer la composición y las funciones básicas de los órganos de gobierno y
participación22
Sentar las bases para dotarles de normas propias de organización y funcionamiento
RELACIÓN CON LAS UNIVERSIDADES
23
Asegurar la equiparación real y a todos los efectos de las enseñanzas artísticas
superiores con las universitarias24
Establecer procedimientos específicos para impulsar el modelo de adscripción de los
centros de EEAA superiores a una Universidad, en el marco de la legislación
universitaria25
Crear marcos para la implantación de programas de Doctorado propios de las EE
Artísticas, siempre en colaboración con la Universidad, respetando su ámbito
competencial26
Abrir el marco para la creación de Campus de las Artes como agrupación de centros
bajo un organismo de nivel superior27
Diseñar nuevas fórmulas de colaboración entre centros de EEAA y Universidades que se
adecúen a las peculiaridades de las respectivas enseñanzasENSEÑANZAS ARTÍSTICAS PROFESIONALES
28
Sentar, mediante disposiciones adicionales del texto legal, las bases para establecer la
relación de las Enseñanzas Profesionales con el Catálogo Nacional de Estándares de
Competencias Profesionales29
Establecer previsiones para abordar la actualización y adecuación de los títulos y los
currículos30
Prever la revisión de la actual estructura de las enseñanzas profesionales de música y
danza contemplando la definición de nuevos perfiles profesionales
Instrucciones para los colaboradores de la revista fila á para el volumen 6 (2022)
Periodicidad de la revista: Anual.
Fechas de recepción de propuestas por parte de los colaboradores: hasta el 31 de mayo de 2022.
AMPLIACIÓN ENTREGA HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE
Comunicación de propuestas aceptadas: del 15 al 30 de junio de 2022. COMUNICACIÓN DE
PROPUESTAS ACEPTADAS DEL 1 AL 15 DE OCTUBRE DE 2022
Correo al que se envían las propuestas: revistafilaa@gmail.com
Temática del próximo número: Investigación e innovación educativa en las Enseñanzas Artísticas
Superiores. Tecnologías en la escena. FESTUM.
Sistema de evaluación: La aceptación exigirá el juicio positivo de dos expertos (evaluadores externos)
manteniendo el anonimato en el proceso de evaluación tanto del autor como del evaluador. Esta revisión
ciega por pares determinará la aceptación, su aceptación con reservas o la no aceptación del mismo. En el
caso de la aceptación con reservas el artículo será devuelto al autor para su adaptación conforme a las
sugerencias de los evaluadores. Una vez realizadas las correcciones pertinentes y en el plazo establecido
para tal fin, el trabajo se devolverá a la revista para reiniciar el proceso de evaluación.
Datos personales que deben de acompañar la propuesta: Nombre y apellidos, institución a la que
pertenece.
Características de las propuestas de artículo: Debe ser inédito, para su comprobación, será sometido a
control de plagio (Turnitin) .Los artículos tendrán una extensión mínima de 12 páginas, con 30 líneas por
página y 70 caracteres por línea. Constarán de resumen en castellano (no más de 240 palabras), resumen
en inglés, palabras clave en castellano (entre 4 y 6 palabras) y en inglés. El máximo no deberá sobrepasar
las 15 páginas incluyendo gráficos, pies de página y bibliografía. Los artículos deberán remitirse en
formato word editable (.doc o .docx) fuente arial o times cuerpo 12 e interlineado 1,5. Las imágenes,
gráficos y/o tablas correspondientes, en caso de existir, deberán incluirse en el archivo word
correspondiente del artículo en la ubicación que el/los autor/autores consideren, debidamente
referenciadas. Además, dichas imágenes, tablas y/o gráficos tendrán que ser adjuntadas en archivos
independientes formato jpg en una resolución de 150 ppp. para su posterior inclusión en la maquetación
final (a cargo de la revista). Las normas de citación en texto y las referencias bibliográficas deben
ajustarse a la norma APA 6a o 7a edición. (Normas en PDF).
Características de las propuestas del texto teatral: Debe ser inédito, para su comprobación, será
sometido a control de plagio (Turnitin).
La obra "Tambores en la noche" de B. Brecht dirigida por Diego Sebastián Paladines ha sido seleccionada y ha participado en la sección on line del Festival Internacional de Teatro Universitario de Casablanca FITUC, 34. La retransmisión se puede seguir en este enlace y a través de Facebok @ESADMurciainstitucional.
Publicado en el BOE el Real Decreto 628/2022, de 26 de julio, por el que se modifican varios reales decretos para la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a las enseñanzas artísticas y las enseñanzas deportivas, y la adecuación de determinados aspectos de la ordenación general de dichas enseñanzas.
«1. Los centros de enseñanzas artísticas superiores a los que se refiere el artículo 58.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, podrán ofertar enseñanzas conducentes a los títulos de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores y títulos de Máster en Enseñanzas Artísticas.»
«Artículo 8. Enseñanzas artísticas conducentes al título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores.
1. Las enseñanzas artísticas conducentes al título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores tienen como finalidad la obtención por parte del estudiante de una formación general, en una o varias disciplinas, y una formación orientada a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional.
2. Los títulos de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores tendrán la denominación que a continuación se establece, seguida de la especialidad correspondiente:
Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático.
El 19 de julio de 2022 se publicó en el BOE el Real Decreto 588/2022, de 19 de julio, por el que se establecen las especialidades docentes de los Cuerpos de Profesores y de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas de Arte Dramático. Acceder.